Si estás evaluando una integración con la cartera de identidad digital europea, probablemente ya te hayas topado con estas dos siglas sin encontrar una explicación clara. Esto es lo que hemos verificado construyendo Todis.
RPAC y RPRC, en dos frases
Una relying party (tú, o un servicio como Todis en tu nombre) debe registrarse ante su Estado miembro para ser reconocida por las carteras eIDAS 2.0. Ese registro produce dos documentos distintos: el RPAC (Wallet-Relying Party Access Certificate) certifica quién eres y autentica tus solicitudes ante la cartera; el RPRC (Wallet-Relying Party Registration Certificate) especifica qué datos estás autorizado a solicitar, por caso de uso declarado.
Novedad reciente a tener en cuenta: el reglamento final hace que el RPRC sea opcional. Sin él, la cartera puede consultar directamente el registro nacional (mediante una URL referenciada en el RPAC) para verificar qué está autorizada a solicitar una relying party: una carga administrativa menos para una integración que no tiene decenas de casos de uso distintos que certificar.
No eliges tu país
Un punto a menudo mal entendido: el artículo 5b del reglamento de ejecución obliga a registrarse en el Estado miembro donde la empresa está legalmente establecida, no en aquel cuyo dispositivo esté más avanzado. Una vez registrado, sin embargo, se supone que el reconocimiento funciona en toda la UE: cada Estado miembro publica su registro de forma armonizada (firmado electrónicamente, legible automáticamente), y una API común permite que cualquier cartera verifique un RPAC emitido en otro lugar. Un único registro debería bastar, por tanto, no uno por cada país objetivo.
El calendario
La Comisión adoptó el reglamento de ejecución sobre el registro de las relying parties en mayo de 2025. Se aplica a partir del 24 de diciembre de 2026: esa es la fecha en la que cada Estado miembro debe disponer de un registro nacional operativo. Antes de ese plazo, ningún país tiene obligación legal de tener nada en producción, lo que explica por qué, a día de hoy, ningún registro RPRC/RPAC está todavía legalmente activo en ningún lugar de la UE.
Quién está dónde (julio de 2026)
| País | Estado |
|---|---|
| Francia | Sandbox público (France Identité), registro legal aún no activo |
| Alemania | Sandbox público (SPRIND) abierto a pruebas incluso fuera de Alemania, despliegue ciudadano previsto para principios de 2027 |
| España | Proyecto anunciado, todavía sin sandbox público |
| Dinamarca | Por delante en el despliegue de la cartera ciudadana, infraestructura RPRC/RPAC aún en construcción |
Francia y Alemania forman parte del grupo más avanzado en esta etapa, sin que ninguno de los dos haya cruzado la línea de un registro legalmente operativo.
Qué cambia esto en la práctica
Mientras este registro no esté activo en ningún sitio, una cartera real, en producción, rechazará una solicitud firmada por una relying party no registrada, incluso si es técnicamente impecable. Es algo que comprobamos nosotros mismos al probar contra una cartera real: la solicitud se recupera con éxito, pero nunca se envía ninguna respuesta. No es un error de integración, es el estado actual del ecosistema.
Lo que sigue siendo posible, y útil, desde ahora: construir y probar tu integración contra carteras de prueba y entornos piloto (consulta nuestra hoja de ruta), para estar listo el día que se abra el registro de tu propio país, sin tener que rehacer entonces la integración técnica en sí.
Fuentes: reglamento de ejecución sobre el registro de las wallet-relying parties (Comisión Europea, mayo de 2025); documentación ARF (Architecture and Reference Framework), sección «Relying Party Registration»; seguimiento del despliegue por Estado miembro, eIDEasy (julio de 2026); anuncios públicos de SPRIND (sandbox alemán) y France Identité.